monumento a Las Cortes de Cádiz- La Pepa
El período en que tienen lugar las Cortes
Generales y Extraordinarias de 1810-1813, generalmente conocido como el de las
Cortes de Cádiz ha sido tan intensamente tratado por la historiografía
española. A pesar de los dos siglos transcurridos y del enorme caudal de
trabajos publicados, todavía sigue sorprendiendo la audacia histórica que
supuso la reunión de Cortes en una ciudad sitiada por el más poderoso ejército
de Europa.
Alumbrar una constitución a la sombra de los
cañones napoleónicos, significó una confianza ilimitada de aquellos
acontecimientos, diputados y pueblos gaditanos, en la supervivencia de España
como Estado-nación a pesar de la comprometida situación histórica porque
atravesaba el país.
A la derrota militar de napoleón precedió,
una derrota moral. Las Cortes le dijeron a napoleón, y de paso a Fernando VII,
que lo que se había hecho en Bayona no servía para nada, ni el Estatuto ni la
vergonzosa serie de abdicaciones y cesiones de la Corona española, pues todo
ello era competencia exclusiva del pueblo español, a través de sus
representantes reunidos en Cádiz.
De una cuestión anterior y al margen de las
Cortes, hay que señalar que fue un gaditano, Juan Ruiz de Apodaca, quien aportó
un elemento importante a la victoria en la Guerra de la Independencia
firmando con el Primer ministro inglés, George Canning, en nombre de la Junta Central, el Tratado de
Paz, Amistad y Alianza con Inglaterra, con fecha 14 de enero de 1809, que
sirvió de base a la alianza hispano-británica en la lucha contra Napoleón.
También con anterioridad a la instalación de
las Cortes hay que destacar la presencia en la Junta Central de Martín de
Garay, que ejerció de Secretario, Garay a pesar de una actitud en principio
favorable a la convocatoria de Cortes por estamentos, cambió de parecer y
contribuyó con su respuesta a una consulta de la Regencia y con su actitud
en el Consejo de Estado, del que formaba parte, a la decisión final de que las
Cortes fueron convocadas sin distinción de estamentos y por tanto en Cámara
única.
De gran importancia fue también la actuación
de la Junta de
Cádiz. Tomás Istúriz, promovió la creación de la nueva Junta de Cádiz, órgano
que ejerció una considerable parcela de poder al asumir las funciones de la Hacienda pública,
contribuyendo con su presión sobre la Regencia a acelerar la convocatoria de Cortes.
Los diputados gaditanos, fue discreta en
general la actuación de los diputados gaditanos, exceptuando a Vicente Terrero,
el cura de Algeciras, como solían llamarle, que mostró sumamente activo. Otro
de ellos, Andrés Morales de los Ríos, que también participó con frecuencia en
los debates, fue elegido Presidente de las Cortes, el penúltimo de las
Extraordinarias.
La 3ª Regencia, llamada del quintillo porque
se acordó estuviera compuesta de cinco miembros, tres peninsulares y dos
americanos, se constituyó el 21 de enero de 1812. de ella formaron parte Juan
María de Villavicencio (Medina Sidonia) y Enrique O´Donnell, conde de Bisbal
(Cádiz). A los pocos días realizó cambios en el Gobierno, nombrado a Estado a
José y Pizarro y el 23 de junio a los gaditanos José María Carvajal Urrutia en
Guerra y a José Vázquez Figueroa en Marina.
Al igual que en las anteriores Regencias,
pronto comenzaron las desavenencias con las Cortes por las escasa aplicación
que ésta hacía de la división de poderes, manteniendo al Ejecutivo como una
delegación del Poder Legislativo.
Las malas relaciones entre Cortes y Regentes continúan
durante los meses siguientes, haciendo crisis definitiva cuando la Regencia se niega a
transmitir las órdenes oportunas para obligar a leer en los pulpitos el Decreto
de 22 de febrero de 1813 aboliendo la Inquisición, por lo que el máximo órgano del
Ejecutivo es destituido el 8 de marzo de 1813.
La ciudad y pueblo de Cádiz correspondió un
protagonismo muy especial. Fue el elemento fundamental que aportó Cádiz al
desarrollo de las Cortes: el ambiente liberal de la ciudad, el público de las
tribunas, la prensa, las reuniones, tertulias y teatros, proporcionando un
escenario urbano al Congreso nacional que contribuyó sobremanera a mantener el
interés por los debates y las expectativas de la nueva época histórica que se estaba alumbrado
en el recinto de San Felipe Neri.
A Juan Ruiz de Apodaca le cupo el honor de
firmar el tratado de España con Inglaterra que selló la alianza entre los dos
países en su lucha contra el emperador francés. La Junta Central le ordenó
permanecer en la capital inglesa como ministro plenipotenciario y enviado
extraordinario de España. Fue entonces cuando firmó con Canning el Tratado de
Paz, Amistad y alianza ofensiva y defensiva con Inglaterra, que tanto habría de
influir en el resultado de la
Guerra de independencia. La contribución de Ruiz de Apodaca a
la lucha contra Napoleón fue doble, ya que, además de la firma del Tratado,
intervino eficazmente para lograr la paz entre el emperador de Rusia y el
monarca inglés y contribuyó a la declaración de guerra del Zar a Napoleón.
Las Cortes de Cádiz se ocuparon del Tratado
con Inglaterra firmado por Apodaca en su sesión del 19 de noviembre de 1810.
El diputado más activo entre los gaditanos,
fue Vicente Terrero, el cura de Algeciras, uno de los más notables de las
Cortes y también de los más populares para el público de las tribunas. Comenzó
apoyando las propuestas avanzadas de Argüelles, Muñoz Torrero y otros diputados
liberales, pero carente de la cultura política de otros diputados, lo que le
hacía incurrir en contradicciones, acabó formando parte del sector absolutista
de la Cámara.
En relación con la institución monárquica, el
diputado algecireño criticó el absolutismo. En algún caso, trajo a colación las
doctrinas de los juristas española del siglo XVII, sugiriendo la posibilidad
del destronamiento. En el debate sobre la Constitución se opuso
al veto real, que consideraba lesivo para la soberanía de las Cortes. En los
debates sobre abolición de señoríos y desamortizaciones de bienes del común y
de propios, el párroco de Algeciras atacó a la nobleza, defendió los intereses
de las clases populares y se opuso a la venta-subasta de baldíos y propios
porque significaría la pérdida del disfrute de tierras de uso popular.
En asuntos como los derechos de las personas,
se pronunció también en contra de castigos y humillaciones corporales, como
azotes y tortura, y pidiendo la sustitución de la horca por el garrote.
En materias eclesiásticas, participó en la
amplia crítica al Voto de Santiago, al que consideraba un tributo ilegítimo e
injusto. Sin embargo, en el amplio y largo debate sobre la extinción de la Inquisición, el
diputado algecireño defendió la permanencia del tribunal del Santo Oficio.
Los diputados de las Cortes ordinarias de
1813-14, fueron elegidos diputados por Cádiz Dionisio Capaz, Tomás Istúriz,
Manuel López Cepero y José Manuel Vadillo. El primero y el último serían ministros
en el Trienio y en épocas posteriores. Uno de los más activos fue López Cepero.
Pidió que no se ocuparan las Cortes, sino el Gobierno, de los expedientes de
purificación de los empleados públicos. Las Cortes, ya en Madrid, se negaron a
reconocer el Tratado de Valencia y aprobaron el día 2 de febrero un Decreto por
el que no se reconocerá libre al Rey, hasta que en el seno del Congreso
Nacional preste el juramento prescrito en el art. 173 de la Constitución, el
diputado por Sevilla López Reina pidio que el rey volviera a la soberanía
absoluta nada más cruzar la raya. Se organizó un fuerte escándalo, y López
Cepero solicitó que se le formase causa inmediatamente, acordándose que el
asunto se remitiera a una Comisión especial, que se limitó a calificar las
palabras de López Reina de anticonstitucionales, subversivas y escandalosas.
Algunos de sus principales aspectos de la Constitución de 1812.
Las Cortes de Cádiz abordaron casi simultáneamente una doble tarea: desmantelar
el Antiguo Régimen y elaborar una Constitución que sirviera para configurar un
nuevo sistema político, un nuevo tipo de Estado.
La Constitución que promulgaron las Cortes el 19 de marzo de
1812 es el más famoso, controvertido y estudiado de nuestros texto
constitucional, reivindicado por el liberalismo español durante todo el primer
tercio del siglo XIX, emblema del liberalismo europeo e incluso del
hispanoamericano durante mucho tiempo. La Carta Magna gaditana fue dos
veces abolida mediante golpes de fuerzas y otras tantas restauradas por el
mismo procedimiento. Solamente cuando la familia liberal se dividió al mantener
encontradas posturas en torno al texto de 1812, durante el Ministerio Calatrava
instaurado tras el Motín de la
Granja, se sustituyó por la Constitución de 1837,
fruto de un intento de consenso entre los excipientes partidos progresista y
moderado en que comenzaba a fragmentarse el liberalismo hispano.
La Constitución de Cádiz, con sus 10 títulos y 348 artículos
es la más extensa de cuantas se han promulgado en España. Curiosamente, fue
sustituida por la más corta de las Constituciones españolas debatidas en
Cortes, la de 1837, con solo 77 artículos.
La considerable extensión de la Constitución gaditana
ha sido explicada por la minuciosidad, escasa improvisación y ambición de un
proyecto concebido como duradero en el tiempo…
De la Carta
Magna gaditana se destaca algunos de sus aspectos
fundamentales. La
Constitución diseña un sistema político que fundamentado en
la soberanía nacional, se apoya en cuatro elementos principales: división de
poderes, limitación del poder real, unicameralismo y participación popular
mediante sufragio universal indirecto.
La división de poderes, asigna el Poder
ejecutivo al Rey con sus Secretarios de despacho. El Poder legislativo queda en
manos de unas Corte unicamerales y el Poder judicial conferido a unos
tribunales de justicia para toda la nación e independientes de los otros
poderes.
La limitación del poder real, se establece de
dos maneras. Una, oponiéndose, como lo hacia la Constitución en su
artículo 2ª, a cualquier concepción patrimonial de la Corona: La Nación española es libre e
independiente y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
La otra forma se encuentra especificada en el
texto establecido prohibiciones concretas al Monarca, como las doce contenidas
en el artículo 172, que además se incluían en el juramento que el rey había de
prestar entre las Cortes.
La más importante quizá se refería a la
relación del Rey con las Cortes: El rey no podía impedir bajo ningún pretexto
la celebración de las Cortes en las épocas y casos señalados por la Constitución, ni
suspenderlas ni disolverlas, ni manera alguna embarazar sus sesiones y
deliberaciones, declarando traidores a los que aconsejasen o auxiliasen al Rey
en la realización de estos actos.
La amplia regulación electoral fue, entre
otras, una de las causas del amplio articulado del texto gaditano. En
Constituciones posteriores la regulación electoral se remitiría a leyes
específicas. Todos los ciudadanos podían participar, mediante un complejo
sistema de sufragio universal indirecto, en la elección de sus representantes.
No había límites de riqueza, como en los sufragios censatarios establecidos por
constituciones posteriores. Los únicos límites eran de sexo y edad (mayores de
25 años). Se elegiría cada dos años un diputado por cada 70000 habitantes.
Sin embargo, todo este conjunto de
precauciones insertadas en el texto constitucional, en prevención de posibles
maniobras anticonstitucionales del monarca, no sirvieron de nada ante el golpe
de Estado de mayo de 1814 que terminó con el primer ensayo constitucional de
nuestra historia.
Uno de los aspectos más interesantes de la Constitución de 1812
y de las grandes reformas que emprendieron los legisladores gaditanos fue que constituyeron
un programa, un desiderátum político, que tuvo vigencia durante una gran parte
del siglo XIX español. La
Constitución gaditana no dejó de ser el estandarte del
liberalismo español- y en los años veinte del europeo-hasta que se promulgó la
de 1837, tras haberse proclamado tres veces, en 1812, 1820 y 1836.
Las Cortes de Cádiz promulgaron una serie de
normas sobre cuestiones desamortizadoras que culminan en el Decreto de 13 de
septiembre de 1813, que se refiere a la clasificación y pago de la Deuda nacional.
En septiembre de 1813 cerraron sus sesiones
las Cortes Extraordinarias. Debido a la epidemia de fiebre amarilla que se
declaró en Cádiz, la Regencia
pensó en trasladar el gobierno y las nueves Cortes a el Puerto de Santa María,
al conocerse esta noticia, se produjo un tumulto popular, a convocar sesiones
de las Cortes extraordinarias los días 16,17,18, y 20 de septiembre para tratar
del traslado de Cortes y Gobierno. El resultado de los cuatro días de
liberaciones fue la declaración de que no había epidemia en la capital.
Como la epidemia existía realmente en Cádiz,
la permanencia en la ciudad ocasioná el fallecimiento de nueve diputados.
De las dos legislaturas en que se dividieron
las Cortes ordinarias de 1813.1814, transcurrió a caballo entre Cádiz y Madrid.
La legislatura comenzó en Cádiz, reunidos los diputados en San Felipe Neri,
pero el 14 de octubre se trasladó el Congreso a la Isla de León, a causa de la
epidemia, celebrando allí sus sesiones en la iglesia del convento del Carmen
Descalzo hasta el 29 de noviembre, fecha en que se suspendieron para iniciar
los preparativos del traslado a Madrid.
Durante las Cortes de Cádiz nace la idea de
España como nación. Los términos reino y monarquía fueron sustituidos por
nación, patria y pueblo. El concepto de patriotismo, que venía del siglo XVIII,
como predisposición al sacrificio por la colectividad, fue impulsado por los
legisladores gaditanos y por los catecismos políticos que se editaron en la
ciudad. Llegó incluso a fundarse en el Cádiz asediado un Café de los Patriotas,
donde tenían lugar función teatrales de contenidos patriótico. El propio grito
de “¡Viva España!” surgió en el Cádiz de las Cortes, que se generalizó
sustituyendo al “¡Viva Fernando VII!” y “¡Mueren los franceses!” utilizados tras
los primeros meses del alzamiento contra el invasor.
Carta Magna- La Constitució de 1812
exposición en Cádiz
El manuscrito de la primera
Constitución española, firmada por los diputados doceañistas, llegó a la ciudad,
a la Casa Pinillos,
en la plaza de mina, rodeada de grandes medidas de seguridad tras un viaje por
carretera que se inició en el Congreso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario